Se aprueba en el Gobierno el impuesto a la energía solar

El Gobierno ha dado luz verde en el Consejo de Ministros el real decreto que regula el autoconsumo eléctrico, es decir, las condiciones en las que los consumidores pueden abastecerse de energía vía, principalmente, de paneles solares domésticos. Este real decreto es una de las últimas piezas de la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno del Partido Popular a lo largo de esta legislatura. Y es que está va a obligar a los consumidores que usan las placas solares y están conectados a la red a pagar peajes para el mantenimiento de la red eléctrica.

José Manuel Soria, ministro de Industria, Energía y Turismo, ha explicado en una rueda de prensa que este real decreto tiene el objetivo de impulsar la generación distribuida y darle un impulso a la utilización de las energías renovables. El ministro subrayó que el autoconsumidor no pagará el importe de la energía, ni los impuestos, ni los peajes, siempre que la instalación no este enganchada a la red, aunque sí que contribuirá a los costes de partidas como el sistema eléctrico, el déficit de tarifa acumulado, los gastos extrapeninsulares, los incentivos a las renovables y los pagos por capacidad.

El argumento del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que comparten las grandes eléctricas, es que eximir del pago del peaje supondría una subvención a costa del resto de consumidores. En la práctica, supone que los clientes que tengan su propia fuente de generación pero necesiten conectarse a la red eléctrica como respaldo pagan como un consumidor estándar. El reglamento reconoce dos exenciones a las que se les exime de estos costes; los pequeños consumidores de potencia contratada hasta 10 kW y las extrapeninsulares que son Canarias y Baleares. El ministro dijo que para Canarias y Baleares la exención es necesaria, ya que el coste de producir electricidad en ellos es hasta cuatro veces superior a la Península.

El ministro afirmó que existían dos modalidades para el autoconsumo, una primera que supone tener una instalación sólo para autoconsumir, que no podrá ser de más de 100 kilovatios (kV) de potencia, mediante la que se podrá verter a la red el sobrante de electricidad pero no podrá ser vendido. La segunda modalidad, para instalaciones de más de 100 kilovatios de potencia, permitirá verter y vender el sobrante, pero para ello se deberá estar inscrito en el registro de productores de electricidad.

Y es que las cargas incluidas en la normativa de hoy se suman al peaje sobre el término de potencia, si bien este pago siempre ha sido aceptado por el sector de renovables. Las asociaciones fotovoltaicas han criticado la normativa  porque, a su juicio, los cargos que establece para los usuarios conectados a la red pretenden impedir su desarrollo.

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